Por qué el acoso escolar no se media
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Es una de las confusiones más frecuentes. Un centro con un servicio de mediación en marcha que detecta un caso de acoso puede derivarlo ahí, y no es el procedimiento que corresponde.
La condición que falla
La mediación se sostiene sobre un supuesto: que las dos partes están en condiciones de negociar en igualdad. Que ninguna tiene poder sobre la otra, que ambas pueden expresarse con libertad y que ambas pueden decir que no.
En el acoso escolar esa condición no se cumple por definición. Lo que distingue el acoso de un conflicto ordinario es precisamente la existencia de un desequilibrio de poder entre quien agrede y quien lo sufre, sostenido en el tiempo y con intención de dañar.
Sentar a las dos partes con esa asimetría intacta coloca a quien sufre el acoso en la posición de negociar con quien lo ejerce, y a menudo de hacerlo delante de él. La intervención puede reforzar el daño en lugar de repararlo.
Cómo distinguirlos
Un conflicto ordinario entre iguales suele reunir estas características: las dos partes tienen una versión que sostener, el episodio es puntual o reciente y el desencadenante es identificable.
El acoso presenta otras tres, que hay que buscar activamente:
- Desequilibrio de poder. No siempre es físico. Puede ser numérico, social o basado en el estatus dentro del grupo.
- Repetición. No es un episodio, es un patrón sostenido en el tiempo.
- Intencionalidad. El daño no es un efecto colateral de una discusión, es el objeto.
Cuando aparecen las tres, el procedimiento que corresponde es el protocolo de acoso, que la Ley Orgánica 8/2021 obliga a todos los centros a tener establecido.
Qué papel le queda entonces a la mediación
La mayor parte de los casos que atiende un servicio de mediación escolar no son acoso. Son conflictos ordinarios: insultos, exclusiones puntuales, disputas por el uso de un espacio, malentendidos que escalan. En el estudio disponible sobre Primaria en España, de los 101 casos atendidos por el alumnado mediador la violencia verbal fue la categoría más frecuente, seguida de la violencia física directa y de la exclusión social.
Esos conflictos, atendidos a tiempo, son los que en algunos casos habrían derivado en algo peor. El valor preventivo de la mediación está ahí, no en resolver el acoso.
Hay además un efecto documentado sobre el grupo. Los programas de ayuda entre iguales movilizan a quienes observan sin intervenir, que suelen ser la mayoría, y esa movilización reduce el margen de actuación de quien agrede. La literatura sobre prevención del acoso lleva décadas señalando a los espectadores como la pieza que hay que mover.
La regla práctica
Si al valorar un caso aparecen desequilibrio de poder, repetición e intención, no se media: se activa el protocolo.
Y conviene que esa regla esté escrita en el propio programa de mediación desde el principio, no dejada al criterio de quien reciba el caso. El alumnado mediador tiene que saber reconocer los indicios y saber que su función en ese momento es avisar, no intervenir.